La mayoría de los autónomos conviven en su día a día con el miedo de que la Agencia Tributaria centre su atención en ellos y un inspector se persone en su negocio. Esta situación se ha hecho hoy en día mucho más corriente debido a que Hacienda ha centrado sus esfuerzos en la lucha contra el fraude y ha aumentado la vigilancia en el sector de los trabajadores por cuenta propia. La verdad es que, aunque se este realizando la actividad laboral completamente dentro de la legalidad, que la Agencia Tributaria venga a inspeccionar el negocio sigue siendo una situación estresante, frente a la que los autónomos pueden sentirse nerviosos y aceptar cualquier premisa. Para que eso no suceda, vamos a contarte algunos de tus derechos frente a una inspección de Hacienda para que puedas tenerlos presentes si llega el momento.
¿Cuáles son tus derechos ante una inspección de Hacienda?
Sí, cuando un inspector de Hacienda tenemos ciertas obligaciones para con él, ya que viene a realizar una inspección y debemos facilitar su trabajo si no queremos tener un problema. Pero también tenemos derechos en esa situación que podemos ejercer legamente si lo consideramos en esa situación.
En primer lugar, si lo consideramos necesario podemos negar el paso a nuestro negocio al inspector. No debemos olvidar que, para que el inspector pueda realizar la inspección, debe contar con una autorización expresa y escrita por parte del delegado de la Agencia tributaria de la zona donde esté el local o la zona del domicilio fiscal. Por supuesto, está dentro de nuestras obligaciones, y no de nuestros derechos, el solicitar esta autorización escrita al inspector previamente a la inspección.
Pero, incluso con esa autorización, el trabajador por cuenta propia, o bien un autorizado o apoderado, puede negarse a que el inspector de Hacienda entre al negocio, de tal forma que Hacienda deberá solicitar una orden judicial que así lo disponga para hacerlo. Eso sí, una vez aprobada la orden judicial, Hacienda podrá entrar a la propiedad, aunque el autónomo no dé su permiso.
En el caso de los autónomos que desarrollan la actividad en el domicilio la situación es más estricta aún, ya que, como indica el artículo 18 de la Constitución Española el domicilio es inviolable. En este caso, si el propietario no da consentimiento expreso para que el inspector pueda acceder a la vivienda, éste deberá pedir una orden judicial, exactamente igual que en la situación anterior, pero en este caso se deberán especificar los motivos que hacen completamente necesaria la entrada al domicilio.
Igualmente, si se diera el caso contrario, el trabajador por cuenta propia está en todo su derecho de negarse a la inspección si se encuentra fuera de horario laboral y exigir que se realice en horario comercial. Si este fuera el caso, la inspección deberá retrasarse hasta ese momento. De nuevo, la única forma de que el autónomo no pueda ejercer este derecho y la inspección se haga fuera del horario laboral es la presentación de una orden judicial que así lo indique.
Por otro lado, otro de los derechos ante una inspección de Hacienda que tiene el trabajador por cuenta propia es el derecho a la representación legal. Esto significa que, el autónomo tiene derecho a solicitar la presencia de su abogado o su asesor legal antes de que se realice la inspección, de tal forma que no se podrá comenzar hasta que el representante legal esté presente. Tanto este representante legal como el trabajador por cuenta propia tienen derecho a pedir la acreditación del funcionario que va a llevar a cabo la inspección.
Por último, vamos a hablar sobre el derecho del autónomo a restringir el acceso a la información. Si se acoge a este derecho, el trabajador por cuenta propia puede negar el acceso del funcionario a lugares que puedan contener documentación sensible. Estamos hablando de documentación que puedan afectar al derecho de la inviolabilidad de la correspondencia, a la intimidad del autónomo o al derecho a no declarar contra sí mismo. Los lugares con los que podemos ejercer este derecho son lugares protegidos, como pueden ser un cajón bajo llave, una caja fuerte, un armario candado o situaciones similares. Como en todos los casos anteriores, el inspector sólo podrá acceder a estos lugares con una orden judicial que así lo disponga.
Esperamos que esta información y el conocimiento de tus derechos ante una inspección de Hacienda hagan tu vida un poco más tranquila respecto a esta situación. Aunque un momento como ese, en el que la Agencia Tributaria nacional ha decidido inspeccionar tu negocio, puede ser muy estresante, no podemos olvidar que en esta, como en el resto de tenemos deberes de tenemos que cumplir, pero también derechos que estamos capacitados para ejercer por nosotros mismos.