¿Existe una bonificación por conciliación familiar para autónomos?

Cuando una persona decide trabajar por cuenta propia, debe concienciarse de que las condiciones son diferentes a las de un trabajador asalariado. Más duras. Más carga fiscal, más dificultad a la hora de las bajas por enfermedad, más controversia a la hora de las pensiones por jubilación, y un largo etcétera de dificultados que sólo quién ha sido trabajador por cuenta propia conoce. Una herramienta que se está usando cada vez más dentro es la conciliación familiar con el mundo laboral del trabajador.

Las personas, tomando decisiones acertadas, rechazan cada vez más el perderse la infancia de sus hijos por pasar largas jornadas trabajando. También otras personas se encuentran con la carga de ser cuidador de un familiar y terminan quemándose al intentar no fallar en ninguna de las dos facetas.

Los autónomos se encuentran con estos problemas de la misma forma que los trabajadores asalariados, pero, ¿qué ocurre cuando no hay algún superior que se encargue de gestionar el tiempo de conciliación? ¿Cómo se puede conciliar cuando se sabe que al trabajar menos horas el ingreso será menor sin una disminución de los gastos? Actualmente, hay una bonificación por conciliación familiar para autónomos, a la que los trabajadores por cuenta propia que quieran conciliar la vida familiar con la vida laboral pueden acogerse. Parece interesante, ¿verdad? Vamos a ahondar en esta bonificación para que tengas toda la información cuando si te planteas usarla.

 

Bonificación por conciliación familiar para autónomos, ¿en que consiste?

Esta bonificación por conciliación familiar en autónomos consiste, básicamente, en una bonificación del 100% de la cuota de autónomos por contingencias comunes. Tiene una duración de 12 meses y tiene unos requisitos para poder acceder a ella.

Si se solicita la bonificación por conciliación familiar para autónomos por el cuidado de un hijo, tendrán que demostrar que tienen a su cargo a un hijo que sea menor de 12 años.

Si se solicita para el cuidado de un mayor, debe ser una persona emparentada hasta un segundo grado, ya sea de consanguineidad o de afinidad.

Debe ser un familiar con discapacidad física o sensorial de al menos un 65% o una discapacidad intelectual de al menos un 33% (en ambos casos se debe documentar).

También se puede pedir en caso de que este familiar tenga parálisis cerebral o una enfermedad mental.

Lo más importante a la hora de acceder a esta bonificación por conciliación familiar para autónomos es estar dado de alta en el RETA.

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