¿Se puede cobrar el Ingreso Mínimo Vital siendo autónomo?

Desde finales de mayo estamos escuchando hablar del IMV o Ingreso Mínimo Vital. Ha habido tanto gente que apoya esta medida adoptada por el Gobierno como gente que la critica. En este artículo vamos a tratar un aspecto del IMV que no ha sido el más sonado: cuáles son las condiciones del Ingreso Mínimo Vital siendo autónomo.

A continuación, vamos a proceder a detallarte qué es el IMV y como se enfoca esta ayuda a los trabajadores por cuenta propia.

 

Qué es el Ingreso Mínimo Vital

El IMV es una prestación aprobada por el Congreso tras varios meses de debate al respecto. Esta ayuda económica se podrá solicitar a partir del día 15 de junio, a través de la sede electrónica de la Tesorería General de la Seguridad Social. Esta prestación busca mantener en un mínimo económico a los hogares que se encuentren en una situación de pobreza severa.

La cuantía de este Ingreso Mínimo Vital oscilará entre 462 y 1.015 € dependiendo de las condiciones de cada hogar. Esto es, la cantidad de hijos al cargo y los ingresos recibidos durante el año 2019. Por ejemplo, una persona adulta que viva sola podrá optar a 462 € mensuales. Esta cantidad ira aumentando en 139 € por cada persona que se sume en a la vivienda, hasta llegar al máximo de 1.015 €.

No sólo puedes optar a esta ayuda di eres un trabajador asalariado. Esta vez el Gobierno se ha acordado de los trabajadores por cuenta propia y también se podrá solicitar el Ingreso Mínimo Vital siendo autónomo. Te detallamos la información a continuación.

 

Las claves del Ingreso Mínimo Vital siendo autónomo

El primer punto que deben sabes los trabajadores por cuenta propia para recibir el Ingreso Mínimo Vital siendo autónomos, es que los autónomos societarios están excluidos de esta ayuda. El resto de autónomos pueden optar al Ingreso Mínimo Vital siempre que reúnas los requisitos que hemos descrito anteriormente. La cuantía económica será exactamente igual para trabajadores por cuenta propia como para trabajadores por cuenta ajena.

Esta medida es un hecho histórico dentro de las prestaciones de nuestro país, ya que puede ser recibida tanto por personas que no tienen ingresos como por personas que sí tienen ingresos. En este último apartado, también se incluyen los ingresos recibidos por cuenta propia.

 

Autónomos, si reunís las condiciones necesarias, no os lo penséis. Tenéis derecho a solicitar el Ingreso Mínimo Vital.

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