Si alguna vez te has hecho esta pregunta has llegado al lugar adecuado. Como tú, muchas personas se plantean la vida desde un prisma diferente al de un trabajador por cuenta ajena. La mayoría de veces, el motivo es la vena emprendedora, que sólo un porcentaje de la población posee. Otras por necesidad. Sea como sea, la palabra autónomo sobrevuela la cabeza de muchas personas en edad laboral y todos piensan lo mismo: ¿Qué tengo que saber para darme de alta como autónomo?
Te vamos a contar de forma general todo lo que tienes que saber para llevar a cabo este trámite, a grandes rasgos, para que puedas decidir teniendo las cartas sobre la mesa.
Desde un tiempo a esta parte, si realizamos una búsqueda por la web respecto a los autónomos, vamos a encontrar mucha información que puede que no entendamos si no sabemos nada del mundo del trabajador por cuenta propia: cambios en la cuantía de la cuota de autónomos o una subvención para un kit digital, que es simplemente una ayuda para poder digitalizar los negocios. Por cierto, no olvides echar un ojo a esto, la Agencia Tributaria también está interesada en que la digitalización se lleve a cabo. Pero las preguntas de siempre para quien entra de nuevas a este mundo siguen siendo las mismas.
- ¿Cómo me doy de alta como autónomo?
- ¿Cuánto tengo que pagar?
- ¿Puedo compatibilizar el trabajo por cuenta propia con el trabajo por cuenta ajena?
Son dudas lógicas que pueden abrumar en un primer momento. Calma. Vamos a desglosarlo todo.
Cómo darme de alta como autónomo y otras preguntas que precisan respuesta.
Lo primero para ser un trabajador por cuenta propia es darse de alta en la Agencia Tributaria, mediante el modelo 037 o 036 dependiendo si queremos hacerlo como persona física o como persona jurídica, y allí indicaremos cómo vamos a gestionar nuestras obligaciones tributarias y el Impuesto sobre Actividades Económicas. Después de Hacienda, iremos a la Seguridad Social también a darnos de alta mediante el modelo TA.521. Debemos llevar los modelos que ya hemos entregado en Hacienda y allí indicaremos la base de cotización, que elegiremos libremente, y la domiciliación bancaria, ya que dependiendo de la base de cotización pagaremos una u otra cantidad de cuota mensual. La famosa cuota de autónomo.
Pero, ¿cómo funciona lo de la base de cotización? Las bases de cotización comprenden unos tramos que empiezan en la base mínima y terminan en la base máxima. De momento, la cuota mínima alcanza una cuantía de 293.94€ mensuales, pero actualmente, las bases de cotización se encuentran en pleno proceso de modificación todo lo relacionado con las bases de cotización. No olvides hacer un seguimiento de cómo van quedando.
Esta base de cotización que eliges al darte de alta no es para siempre, se puede modificar en la Seguridad Social hasta cuatro veces al año.
Cuando acabamos de afiliarnos al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, también llamado RETA, las bases de cotizaciones y las cuotas de autónomo pueden asustar un poco, pero no te preocupes. Para los autónomos recién llegados al mundo del trabajo por cuenta propia hay una ayuda muy especial para ayudar a que tu negocio arranque. Se llama Tarifa Plana. Con esta ayuda, los autónomos tendrán una rebaja del 80% en su cuota de autónomos durante su primer año como trabajador por cuenta propia. Pero no olvides que, si tienes cuotas pendientes de altas anteriores o te das de alta como autónomo colaborador, no tendrás acceso a la Tarifa Plana y no se podrá aplicar ese descuento de la cuota.
Por otro lado, otra de las grandes preguntas a la hora de plantearse darte de alta como trabajador por cuenta propia es si se puede compatibilizar el trabajo autónomo con un trabajo por cuenta ajena. La respuesta es SÍ. La legislación de nuestro país permite trabajar como autónomo y como asalariado a la vez, siempre en régimen de pluriactividad y tributando por amabas actividades por separado. Buenas noticias si te preocupa el riesgo de dejar todo para dar un salto al vacío buscando emprender un negocio.
Cuando se trata de comenzar una aventura empresarial, en muchas ocasiones preferimos no lanzarnos al vacío solos y preferimos hacerlos con alguien de confianza, a menudo un familiar directo. Si tienes pensado contratar a un familiar directo en tu empresa, es importante que sepas que está permitido siempre que se cumpla la normativa vigente para las contrataciones de trabajadores, pero además, tienes que tener presente que el trámite es diferente según el familiar conviva contigo o no. Si la persona a contratar no convive con el autónomo, se contratará como trabajador asalariado por cuenta ajena, la “forma normal”. Pero si la persona que queremos contratar convive con el autónomo, ya sea un familiar por consanguineidad o afinidad, no se contratará como trabajador asalariado, sino que el familiar debe darse de alta como autónomo colaborador (sí, el tipo de autónomo que no puede disfrutar de la Tarifa Plana, pero, aunque no puede acogerse a esta ayuda, sí que tiene otras bonificaciones).
Creemos que esta información es básica para comenzar en el mundo del trabajo por cuenta propia y esperamos que, si te estabas haciendo la famosa pregunta de “¿qué tengo que hacer para darme de alta como autónomo?”, este artículo te haya sido de ayuda y hayas encontrado las respuestas que buscabas.