Jubilados ¿Cómo solicitar la devolución por las cotizaciones de las mutualidades?

Según la Sentencia del Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso administrativo, Sección Segunda, número 255/2023 de fecha 28 de febrero de 2023, determina en su apartado cuatro que “las aportaciones/cotizaciones realizadas a las mutualidades laborales a partir del 1 de enero de 1967 hasta el 31 de diciembre de 1978, cualquiera que sea su naturaleza jurídica, no fueron susceptibles de deducción en la base imponible de IRPF de acuerdo con la legislación vigente en cada momento, por lo que resulta precedente la aplicación de la Disposición Transitoria Segunda de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, a la pensión pública por jubilación percibida de la Seguridad Social, debiendo integrarse en la base imponible del impuesto el 75% del importa de las prestaciones por jubilación o invalidez percibidas”.

Esto quiere decir que, las personas que cotizaron en mutualidades laborales entre los años 1967 y 1978, hubo un fallo en sus cotizaciones y una parte de sus pensiones está exente de tributación en IRPF, por lo que, el tribunal supremo, crea precedente y obliga a la devolución del IRPF abonado de más por los pensionistas.

Pero ojo, esa devolución no se hará de oficio, sino que será la persona jubilada la que deberá solicitar dicha devolución y únicamente lo podrán hacer aquellos contribuyentes que presentaron declaración de la renta.

De igual manera, sólo se podrá solicitar la devolución de los cuatro últimos años, el resto de años transcurridos desde que se jubiló, no tendrán derecho a reclamar y se quedarán en las arcas del estado.

Explico cómo solicitar la devolución de los ingresos indebidos:

En el siguiente enlace, podrá descargar un formulario de la agencia tributaria que podrá rellenar

https://sede.agenciatributaria.gob.es/static_files/Sede/Tema/Destacados/comunica_es_es.pdf

En él, se deberá indicar que:

En base a la sentencia 255/2023 de fecha 28 de febrero de 2023 del Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso administrativo, solicito la regularización de mi IRPF de las declaraciones presentadas en los años 2019, 2020, 2021 y 2022, solictando la rectificación de las mismas, aplicando la Disposición Transitoria 2ª de la Ley de IRPF. Del mismo modo, solicito el % sobre la pensión, que deberé tener en cuenta para la minoración del 25% en ejercicios posteriores, de conformidad con la indicada sentencia

Des mismo modo, autorizo a la Agencia Tributaria a recabar la información necesaria con otras administraciones, para la resolución de este expediente”

Deberán añadir el número de cuenta donde quieren que le ingresen el dinero de la devolución solicitada.

Esta documentación se deberá presentar por registro físicamente en cualquier administración tributaria o de manera electrónica, en el siguiente enlace:

https://www2.agenciatributaria.gob.es/wlpl/REGD-JDIT/FGCSV

Recordar que, las administraciones tienen la obligación de comunicarse entre ellas.

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