Decidirse a ganarse la vida trabajando por cuenta propia es lo más importante, pero tras esto vienen muchos procesos y muchas normas que conocer para que el camino del autónomo vaya bien y sin complicaciones. El primero de esos procesos es darse de alta como autónomo.
El comienzo del año 2018 trajo consigo un considerable número de cambios para el sector de los trabajadores por cuenta propia debido a la entrada en vigor de la ley de Reformas Urgentes del Trabajador Autónomo, también conocida como “la nueva ley de autónomos”. Desde ese momento, cambian los tiempos legales para darse de alta como autónomo, con lo que si no se conocen bien las nuevas condiciones puede incurrirse en una ilegalidad y acarrear una sanción para el autónomo.
Hasta el 1 de enero de 2018, lo primero que debía hacer el autónomo era darse de alta en Hacienda y, desde ese mismo momento, el autónomo disponía de un periodo de 30 días para realizar su alta en el organismo de la Seguridad Social. Con la nueva ley de autónomos el procedimiento ha cambiado de tal forma, que no se puede comenzar la actividad laboral, que viene marcada por Hacienda, si anteriormente no se ha realizado el alta en la Seguridad Social.
De hecho, la Seguridad Social está vigilando de cerca que estas directrices se cumplan correctamente, realizando inspecciones a este respecto y sancionando las irregularidades con multas de has 3.000 para el autónomo.
Entonces, ¿cómo debe realizar el alta un autónomo?
Todos los autónomos deben seguir estos dos pasos para darse de alta como trabajador por cuenta propia:
En primer lugar y antes que ningún otro paso, hay que darse de alta como autónomo en la Seguridad Social. Lo más tarde para realizar esta alta es el día anterior a que se comience a realizar el trabajo como autónomo. No realizar este paso correctamente puede vetar al autónomo ciertas ventajas, como por ejemplo la tarifa plana.
El segundo paso que se debe dar es darse de alta en Hacienda utilizando el modelo 036 y de forma online a través de su sede electrónica. En el modelo 036 se incluirán los datos fiscales y la fecha en la que se dio de alta en la Seguridad Social (paso anterior) entre otros.
Se debe recordar que según la particularidad del negocio que emprenda el autónomo, también habría que realizar otros trámites, como el libro de visitas electrónico, o la licencia de apertura del local, si proceden.